Micelio
Auto19 de julio de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Solicitud de información al Gobierno Nacional sobre el fallecimiento de una de las mujeres protegidas en el anexo reservado del auto A.009/15 y, de una verificación estr
Desplazamiento Forzado
  • Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 solicita información al Gobierno Nacional, sobre las medidas que fueron adoptadas en favor de una mujer fallecida que estaba incluida en el anexo reservado del Auto 009/15, al igual que respecto a las concedidas a los miembros de su núcleo familiar.

Así mismo, requiere presentación de informes relacionadas con el cumplimiento de las órdenes establecidas en los autos 092/08; 098/13 y 009/15.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. SOLICITAR, por medio de la Secretaría de esta Corporación, al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas y al Ministro de Salud que, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, alleguen, en medio físico y digital, un informe detallado y actualizado sobre las medidas que fueron adoptadas a favor de la mujer fallecida incluida en el anexo reservado del Auto 009 de 2015, así como las medidas concedidas a los miembros de su núcleo familiar.
  2. Para ello, se ordena el TRASLADO con CARÁCTER DE RESERVA, de la copia de la comunicación allegada a esta Sala Especial y su anexo.
  3. Segundo. SOLICITAR, por medio de la Secretaría de esta Corporación, al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas y al Ministro de Salud que, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, alleguen, en medio físico y digital, un informe detallado y actualizado sobre las medidas que fueron adoptadas a favor de cada una de las mujeres incluidas en los anexos reservados de los Auto 092 de 2008, 098 de 2013 y 009 de 2015, así como las medidas concedidas a los miembros de su núcleo familiar.
  4. Así mismo, SOLICITAR al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas que en el mismo término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, remita el informe de que trata la presente orden al Procurador General de la Nación y al Defensor del Pueblo.
  5. Tercero. SOLICITAR al Procurador General de la Nación y al Defensor del Pueblo que, en el término de treinta días (30) días hábiles contados a partir de la comunicación de esta providencia, rinda un concepto detallada a la Corte Constitucional sobre la idoneidad, eficacia, pertinencia de las medidas adoptadas por la Unidad para las Víctimas para salvaguardar los derechos fundamentales a la salud, mínimo vital y a la reparación integral de cada una de las mujeres incluidas en los anexos reservados de los autos 092 de 2008, 098 de 2013 y 009 de 2015.
  6. Cuarto. SOLICITAR al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo, a la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos en Colombia, a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la Oficina de la entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el empoderamiento de la Mujer y a las organizaciones sociales que integran la Mesa de Seguimiento al Auto 092 de 2008 a ejercer una veeduría sobre el cumplimiento de la orden vigésimo cuarta del Auto 009 de 2015.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.